PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS POR EL PERSONAL

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PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS POR EL PERSONAL

OBLIGACIÓN DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS DEL PERSONAL QUE RESULTE SELECCIONADO EN LAS OPOSICIONES DE ENSEÑANZA.

SI NO SE REALIZA NO PODRÁ SER NOMBRADO FUNCIONARIO Y QUEDARÁN ANULADAS TODAS LAS ACTUACIONES.

¡OJO! QUE LA ALEGRÍA DE HABER OBTENIDO PLAZA NO TE LLEVE A NO CUMPLIMENTAR LO INDICADO EN ESTE TEMA

Las opositores seleccionados una vez finalizado el procedimiento, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de las  listas deberán presentar en los registros de las Delegaciones de Educación los siguientes documentos:

a) Una fotocopia del DNI, o documento equivalente, en el caso de que no haya dado el consentimiento para la consulta de sus datos de identidad.

b) Una fotocopia compulsada del título alegado como requisito para el ingreso en el cuerpo docente, por el que participa en el presente procedimiento selectivo.

c) Una fotocopia compulsada del Certificado de Aptitud Pedagógica o certificación de la universidad correspondiente de estar en posesión del máster universitario o, en su caso, la documentación oportuna cuando se alegue una titulación que dispense de la posesión de la citada formación pedagógica. Los que aleguen, en sustitución del CAP o del máster, docencia efectiva, a 31 de agosto de 2009, durante dos cursos académicos, deberán presentar el certificado correspondiente.

d) Declaración responsable de no estar en situación de separación del servicio por expediente disciplinario, según modelo que figura en uno de los Anexos.

e) Quienes hayan participado por el turno de reserva de discapacidad deberán presentar certificación expedida por el órgano competente, en la que conste que se reúnen las condiciones físicas y psíquicas compatibles para impartir docencia en la especialidad por la que participa en el procedimiento selectivo.

f) Quienes necesiten un aplazamiento de incorporación a la fase de prácticas por un curso académico deberá presentar la solicitud de aplazamiento.

g) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativa de no haber sido condenado por sentencia firme o por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual. Deberá aportarse sólo en los casos en los que el aspirante no autorice a la Administración para recabar de oficio dicha circunstancia.

MUY IMPORTANTE.

Quienes dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación referida NO PODRÁN SER NOMBRADOS FUNCIONARIOS o funcionarias de carrera y QUEDARÁN ANULADAS TODAS LAS ACTUACIONES.

NOTA.- Para cualquier precisión o especificación de los puntos señalados es conveniente ver los últimos artículos de la convocatoria.

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